R., Fischer
Una queja de las industrias que son clientes libres del sector eléctrico es que los contratos están indexados a los precios de los combustibles o a los precios spot. Por qué, reclaman, no se vuelve a los contratos de los 90, en que los precios de la electricidad eran más o menos estables en el tiempo. Se quejan también que las generadoras les traspasan todo el riesgo, lo que les parece injusto y muestra de la falta de competencia en el sector.
Esta queja confunde dos temas: la falta de competencia y la forma de asignar el riesgo en el sector eléctrico. Respecto al primer tema, algunas indicaciones parecen mostrar la existencia de problemas de competencia en el sector, como lo han acusado participantes y observadores del sector. Respecto al segundo tema, me parece que las quejas está casi totalmente errada (no 100%, pero casi).
Durante los 90, el precio de la energía, particularmente del carbón, fue relativamente estable. Esto ha cambiado esta década, debido a que el crecimiento de los países emergentes ha aumentado la demanda mundial por carbón. Dado que el carbón es el combustible de la expansión de nuestro sistema (al menos en las condiciones actuales), hay mucho riesgo en los contratos de largo plazo, porque no solo no sabemos como se comportará en precio del carbón, sino que estamos en un período de excepcionales variaciones de precios.
Esto significa que el precio de largo plazo del sistema tiene mucho riesgo. Los principios de asignación de riesgo señalan que éste se debe asignar: i) al que lo puede controlar y, ii) al que mejor lo puede soportar. Para una empresa de generación, el riesgo de largo plazo del precio del carbón es incontrolable. Por lo tanto, el riesgo de precios de carbón no se puede asignar a las empresas generadoras por motivos de control.
Respecto a la asignación a la parte que mejor puede soportar el riesgo, recordemos que para una empresa eléctrica, la diferencia entre el precio del contrato y el precio de largo plazo de la electricidad (dado por el precio del carbón) es lo que determina si sobrevive como empresa. En cambio, para una empresa industrial, el costo de la electricidad es el costo de uno más de sus insumos, y aunque pueda ser importante, nunca lo será tanto como para la empresa de generación la cual depende (en todo lo que no sea pago de potencia) del margen en sus ventas de electricidad.
Asignar el riesgo de precios del carbón a la empresa generadora requiere una compensación por el riesgo que asume. Para ello el contrato estaría fijado en un precio muy alto y eso no les conviene a empresas para las que la electricidad es solo una parte menor de sus costos. Por lo tanto, ellas deberían asumir la mayor parte del riesgo de precios en un ambiente con tanta incertidumbre. Recordemos que las empresas generadoras siguen absorbiendo el riesgo de contratos a precios relativamente fijos firmados años atrás, con precios muy distintos y por los cuales tienen pérdidas.
En resumen, la actual asignación de riesgo podría ser la eficiente, aunque ello haga difícil competir a las empresas chilenas en mercados en que el precio de la energía es mucho menor.