El MOP está estudiando lo modelos de concesiones hospitalarias español e inglés para ver como proceder cuando diseñe los contratos de concesión para este tipo de infraestructura. Es bueno que se estudien estos modelos, pero sería conveniente que antes de proceder sin más a concesionar diversos servicios, se considerasen los siguientes aspectos:
1. Aquellas concesiones que no generan ingresos (a diferencia de las autopistas que generan ingresos por peajes) significan una obligación del Estado que debe ser considerada como deuda en las cuentas públicas. Además, este tipo de provisión de servicio es más rígido en su gasto que el gasto público normal, pues está regido por un contrato de largo plazo con el concesionario. Esto no es un problema en si, pero debe ser considerado al evaluar si conviene concesionar un servicio. En Inglaterra tienen el problema que cuando reducen el presupuesto de salud debido a la recesión, los hospitales públicos deben ajustarse mucho más pues no cambian las obligaciones a los hospitales concesionados.
2. La gran ventaja de las concesiones es la posibilidad de internalizar algunos costos de operación (aquellos que no son médicos) y mantenimiento, por lo que se reducen los costos de ciclo de vida del hospital. Este blog reitera: no es el hecho que se ahorran recursos públicos.
3. El gran peligro son los conflictos entre concesionarios y el Estado, los que se pueden traducir en expropiación o en regalos al concesionarios. Si se sigue el patrón de poca transparencia en la renegociación observado hasta ahora, los resultados seguirán siendo tan beneficiosos para los concesionarios como en el pasado. Estos han sido documentados por Engel, Fischer y Galetovic y Hermosilla (2009).