Las AFP y el caso La Polar

R. Fischer

El caso de La Polar no tiene nada de nuevo: es usual que en empresas que conceden préstamos, situaciones de esta índole ocurran. Además, es común que se descubran en el peak de un período de auge económico.

En este episodio se ha culpado a ejecutivos y directores de La Polar, con buenas razones, pero esto es es obvio. Yendo más allá, claramente los auditores y clasificadores de riesgo son totalmente inútiles. Las clasificadoras de riesgo no son capaces ( no desean) detectar situaciones que eran relativamente obvias para los especialistas.

Algunas corredoras de mejor calidad ya habían advertido a sus clientes hace meses que no invirtieran en La Polar. Inmediatamente después de destapare el escándalo, un informe de Celfin muestra que la compleja situación de La Polar podría haberse detectado con información disponible al público. Pero para eso hay que hacer las tareas, lo que evidentemente la clasificadora de riesgo de los bonos de La Polar no había hecho.

El caso de los auditores es peor aún. Si un auditor cuya única tarea es certificar la calidad de la contabilidad y de los procedimientos de una empresa no es capaz de detectar los problemas de las deudas de los clientes de La Polar, significa que pagar por un auditor es una obligación sin sentido. El rol del auditor es proteger a los inversionistas, pero claramente no están haciendo su trabajo si no son capaces de detectar problemas e inconsistencias que se podían detectar con la información pública.

Llegamos a las AFP, la razón para el título de esta entrada. Las AFP capturan aproximadamente el 30% de la cotización de todos los trabajadores dependientes con el objeto de preservar el 70% restante para la jubilación del trabajador. Por ese 30% debería no solo actuar como un custodio de lo recursos –eso costaría mucho menos–. Su labor también consiste en manejar los recursos en forma responsable para aumentar su valor, sin exponerlo a riesgos excesivos. Con ese 30% de los recursos depositados deberían tener departamentos de estudio que examinaran acuciosamente la calidad de las empresas en que invierten.

Esto no significa tener un departamento repleto de jóvenes recién graduados de las universidades a los que ses pueden pagar salarios bajo, sino uno con especialistas con mucha experiencia en el mercado. Esto tal vez sea caro, pero el objetivo del sistema de AFP no es maximizar las utilidades de los propietarios a costa de los afiliados, sino responder por los fondos de éstos últimos.

Si se les pregunta a los expertos del mercado como son los departamentos de estudio de las AFP, los consideran un chiste. Estos problemas son tal vez la consecuencia de la poca competencia en el mercado, pero significa que el sistema se deslegitimiza. Y que conste que estoy a favor del sistema privado de pensiones, aunque sea solo porque los mismos recursos en manos del Estado se utilizarían incluso peor. Pero claro, también desearía un sistema de AFP más competitivo, en que las AFP tuvieran utilidades más moderadas porque destinan recursos importantes a sus departamentos de estudio.

La Polar: el gran comercio y los bancos tenían razón

R. Fischer

El gobierno se apresta a introducir un proyecto de ley para consolidar la información de deudas de los consumidores. Esta era una ambición antigua de los bancos, que señalaban que estaban en desventaja frente a las tiendas comerciales, que estaban sometidas a una regulación menos intrusiva. Además, aseguraban que no tener información de la deuda consolidada era peligroso, al ser posible el sobreendeudamiento de los consumidores lo que podría poner en peligro la estabilidad del sstem financiero.

Por su parte, las grandes tiendas se oponían, dando varias razones. Primero, que la información sobre los consumidores era de su propiedad, ya que habían invertido en ella. Segundo, que los bancos lo querían para poder introducirse en el negocio de prestar a los grupos socioeconómicos de menores ingresos, a los que nunca les habían prestado, sin tener que hacer las inversiones necesarias para conocer a los clientes. Tercero, que dado que las casas comerciales se financiaban con bonos y préstamos bancarios, no habían posibilidades de una crisis con efectos sistémicos sobre el sistema financiero (el motivo para la regulación intrusiva sobre el sistema bancario). Por último, señalaban que la deuda agregada de los consumidores de bajos ingresos no representaban montos suficientemente grandes como para poner en peligro al sistema financiero.

La crisis de la Polar les ha dado a ambas partes la razón. La crisis muestra las debilidades de la regulación del crédito de las casas comerciales. Además, la «bicicleta» de las deudas morosas es un problema clásico en el sector bancario, y es uno de los aspectos que la SBIF vigila más cuidadosamente en sus revisiones a los bancos. Lo que ocurrió con La Polar (repactación de préstamos sin el consentimiento de los deudores, pero especialmente, sin hacer las provisiones para créditos que tenían pocas posibilidades de ser pagados) habría sido detectado por los reguladores de la SBIF. Además, si la información de la deuda consolidada se conociera, se habrían descubierto antes los exagerados niveles de deuda de los clientes de La Polar, y la bicicleta no habría podido seguir tanto tiempo. Es decir, los bancos tenían razón.

Pero los problemas de La Polar no han causado efectos sistémicos y los únicos perdedores parecen ser los accionistas y los acreedores de La Polar, que solo podrán recuperar una parte de lo que les deben. Los clientes de la Polar seguramente serán compensados por las repactaciones ilegales y por lo tanto, deberían quedar más o menos igual que si todo esto no hubiera ocurrido. Es decir, las casas comerciales también tenían razón.

La conclusión que son estos temas en los que hay dos partes, ambas con buenos argumentos, las que son difíciles de decidir para el sistema político. La balanza cae a un lado o a otro (en este caso, en contra de las casas comerciales) debido a escándalos como éste. Para los bancos, era cosa de esperar, mientras mantenían la presión política para introducir un proyecto de deuda consolidada.

Poca actividad, muchos temas

R. Fischer

Poca actividad en este blog las últimas dos semanas, debido a un exceso de trabajo, muchas reuniones de diversas Comisiones y Paneles y un viaje por un libro que E. Engel, A. Galetovic y yo estamos prontos a terminar. Mientras tanto, se han acumulado los temas que me gustaría tratar. Algunos son simples observaciones, ya que no tengo una opinión clara sobre ellos, y otros trataré de desarrollarlos en más detalle. Las observaciones:

Condonación de deudas universitarias

Es probable que el resultado de la protestas universitarias sea la condonación de grran parte de la deuda universitaria de los alumnos. En tal caso, se cumpliría una promesa revolucionaria de los 70 (cuando un porcentaje mínimo de los jóvenes asistía a la universidad, gratis): «Universidad para todos», gratis. La diferencia, por supuesto, es que ahora existen universidades con fines de lucro. Y, como lo muestra la reciente experiencia de los EE.UU., esto no ha dado buenos resultados, a diferencia del caso de las universidades privadas sin fines de lucro.

La curiosa mutación de generadores y distribuidores

Hace unos 10 o más años participé en unas comisiones en las que se discutían reformas a la Ley Eléctrica, cuando Vivianne Blanlot era la Secretaria Ejecutiva de la CNE. Algún tiempo después, algunos de esos temas fueron tomados por las Leyes Cortas I y II del sector eléctrico.

En aquella ocasión la Comisión invitó a representantes de las empresas generadoras y distribuidoras a hacer presentaciones, para conocer sus puntos de vista. No recuerdo el tenor de las presentaciones pero recuerdo la diferencia en las características de los representante de uno y otro grupo.

Los representantes de las distribuidoras se veían tranquilos y satisfechos, tenían entre cincuenta y sesenta años, usaban ternos grises y tenían muy pocas cosas interesantes que decir, salvo señalar que en el sector eléctrico todo estaba bien y que no había que cambiar nada. Los de las generadoras eran energéticos y activos, llenos de ideas, con vestidos algo más policromáticos y deben haber tenido menos de 45 años. Por años usé estas dos imágenes como un ejemplo de que uno de los beneficios de tener un monopolio es la vida tranquila y sin problemas, mientras que en un sector en competencia se requería constante actividad y vitalidad para enfrentar a los rivales.

Bueno, ahora estoy en la Comisión de Energía y ayer vinieron a realizar presentaciones los representantes de los dos grupos y ¡qué diferencia! Esta vez los generadores estuvieron representados por su recién formada Asociación Gremial, y leyeron un documento con muchas generalidades, y sin mucho interés ni ideas. Se notaba que la AG reunía grupos con distintos intereses, por lo que el consenso reflejado en el documento no daba para mucho. Los distribuidores, en cambio, tenían representantes más jóvenes, presentaron mucha ideas (aunque sin conocer los detalles no es fácil formarse una idea de ellas), y en general eran más articulados y energéticos. ¿Qué habrá pasado en estos diez años? ¿Acaso el sector generación es ahora poco competitivo? ¿Por qué los distribuidores habrán cambiado tanto en la dirección contraria? No se la respuesta, y por eso el tema queda bajo la rúbrica de observaciones.

Colusión en buses suburbanos

R. Fischer

Enseño un curso de Organización Industrial y Regulación y el material de esta semana es el sistema antimonopolios en Chile. Además de las Leyes, la teoría y la estructura del sistema, se examinan algunos casos particularmente interesantes, o en los que he trabajado: televisores plasma, ATREX-SCL, farmacias, y otros. Pero todos eran casos del pasado, así que ha sido una feliz coincidencia el requerimiento de la FNE contra las mayores empresas de buses interurbanos.

El caso es notable, y muestra ejemplos de todas las conductas que se estudian en la sección teórica de la próxima semana. Por ello debo agradecer a la Fiscalía, así como la contribución de Turbus y Pullman Bus al desarrollo del curso.

En el primer requerimiento, se acusa a las empresas de monopolizar un activo esencial (las boleterías en los terminales de las ciudades del Norte). La empresa entrante no tenía posibilidades de servir esas ciudades, porque la normativa exige operar mediante boleterías. Construir un terminal adicional es caro y lento, por lo que no es una alternativa.

Se debe tener en cuenta que las grabaciones muestran como las empresas coludidas estaban atentas cuando se desocupaba una boletería en un terminal. Los gerentes generales y controladores se comunicaban entre si para coordinar quién tomaría el arriendo de la vacante en forma inmediata, para que no tuviera espacio el entrante (Línea Azul). A menudo, esas boleterías no tenían uso más que como bodegas.

El caso de Curacaví sigue los textos en forma casi más directa. Las empresas coludidas, ante la entrada de una nueva empresa transportista, comenzaron con una guerra de precios para ablandar al entrante, y luego le hicieron espacio en el acuerdo colusivo. Pero el entrante hacía trampa, despachando más buses de lo acordado, por lo que se la castigaba con despachos adicionales de los coludidos (además de llamadas pidiendo respeto a los acuerdos de frecuencias). Como la vida se le hizo cada vez más difícil, el entrante finalmente decidió delatar el acuerdo (un ejemplo de la estrategia dominante en el Dilema del Prisionero).

Gracias nuevamente, Turbus y Pullman Bus.

Asignación de riesgo en contratos de generación

R., Fischer

Una queja de las industrias que son clientes libres del sector eléctrico es que los contratos están indexados a los precios de los combustibles o a los precios spot. Por qué, reclaman, no se vuelve a los contratos de los 90, en que los precios de la electricidad eran más o menos estables en el tiempo. Se quejan también que las generadoras les traspasan todo el riesgo, lo que les parece injusto y muestra de la falta de competencia en el sector.

Esta queja confunde dos temas: la falta de competencia y la forma de asignar el riesgo en el sector eléctrico. Respecto al primer tema, algunas indicaciones parecen mostrar la existencia de problemas de competencia en el sector, como lo han acusado participantes y observadores del sector. Respecto al segundo tema, me parece que las quejas está casi totalmente errada (no 100%, pero casi).

Durante los 90, el precio de la energía, particularmente del carbón, fue relativamente estable. Esto ha cambiado esta década, debido a que el crecimiento de los países emergentes ha aumentado la demanda mundial por carbón. Dado que el carbón es el combustible de la expansión de nuestro sistema (al menos en las condiciones actuales), hay mucho riesgo en los contratos de largo plazo, porque no solo no sabemos como se comportará en precio del carbón, sino que estamos en un período de excepcionales variaciones de precios.

Esto significa que el precio de largo plazo del sistema tiene mucho riesgo. Los principios de asignación de riesgo señalan que éste se debe asignar: i) al que lo puede controlar y, ii) al que mejor lo puede soportar. Para una empresa de generación, el riesgo de largo plazo del precio del carbón es incontrolable. Por lo tanto, el riesgo de precios de carbón no se puede asignar a las empresas generadoras por motivos de control.

Respecto a la asignación a la parte que mejor puede soportar el riesgo, recordemos que para una empresa eléctrica, la diferencia entre el precio del contrato y el precio de largo plazo de la electricidad (dado por el precio del carbón) es lo que determina si sobrevive como empresa. En cambio, para una empresa industrial, el costo de la electricidad es el costo de uno más de sus insumos, y aunque pueda ser importante, nunca lo será tanto como para la empresa de generación la cual depende (en todo lo que no sea pago de potencia) del margen en sus ventas de electricidad.

Asignar el riesgo de precios del carbón a la empresa generadora requiere una compensación por el riesgo que asume. Para ello el contrato estaría fijado en un precio muy alto y eso no les conviene a empresas para las que la electricidad es solo una parte menor de sus costos. Por lo tanto, ellas deberían asumir la mayor parte del riesgo de precios en un ambiente con tanta incertidumbre. Recordemos que las empresas generadoras siguen absorbiendo el riesgo de contratos a precios relativamente fijos firmados años atrás, con precios muy distintos y por los cuales tienen pérdidas.

En resumen, la actual asignación de riesgo podría ser la eficiente, aunque ello haga difícil competir a las empresas chilenas en mercados en que el precio de la energía es mucho menor.

Refutando a Quiroz

R.Fischer

Hace unas dos semanas publique una columna en La Segunda sobre las licitaciones pesqueras. Posteriormente, Jorge Quiroz envió una carta a La Segunda en la que acepta buena parte de mis argumentos, salvo la parte principal, es decir la licitación de cuotas individuales de pesca. En ella, argumenta que, tal como no hay licitaciones en la minería, tampoco debería haberlas en la pesca.

Como no tenía interés en una disputa por los diarios, respondí en este blog (esto me permite responder para mi propia satisfacción, en forma cuasi-privada). Pero el lunes La Segunda sacó una nota sobre Jorge Quiroz en la que se mencionaba que habría refutado mis argumentos. Mi vanidad intelectual se despertó y escribí la siguiente carta, que fue publicada en La Segunda de ayer:

Sr. Director,
No había querido contestar la carta de Jorge Quiroz en la que se refería a mi columna sobre licitaciones pesqueras aparecida hace dos semanas. Sin embargo, la nota de anteayer en que se menciona que Jorge Quiroz habría “refutado” los argumentos de mi columna me obliga a responder.

Jorge Quiroz sostiene que yo estaría cayendo en una contradicción lógica al estar a favor de la licitación de cuotas individuales de pesca sin pretender lo mismo en el caso de la minería. Pero el argumento es erróneo, ya que las rentas económicas en la pesca y la minería tienen orígenes distintos. Es por eso que en un caso se justifican las licitaciones, y en el otro no.

En minería hay libre entrada al sector, y las rentas se producen porque unas minas tienen mejor ley y en consecuencia, menores costos que otras. En la pesca, los armadores que sobreexplotaron el recurso pesquero en el pasado consiguieron que la Ley General de Pesca cerrara la entrada a las pesquerías en plena explotación. Sin embargo, una vez establecida una cuota global de captura debido a la sobreexplotación, no hay motivo biológico para impedir la entrada a la pesquería. Posteriormente, la competencia se redujo aún más cuando se les asignó cuotas individuales a los armadores, usando como base sus capturas históricas.

Estoy de acuerdo que las cuotas individuales son económicamente eficientes, pero se debe observar que crean una renta económica solo porque evitan que los armadores compitan entre sí. No es lo mismo que en la minería, en que no se restringe la entrada ni se impide la competencia por yacimientos.

Esa diferencia por si sola explica que en la pesca sea necesario licitar: las cuotas individuales de pesca crean riqueza por obra y gracia del Estado, y es natural que no se transfieran gratis a los armadores. Si lo único que se deseaba era mantener a la especie, bastaba con la cuota global de pesca, sin limitar la entrada.

Habría querido dejarlo ahí, pero Jorge Quiroz no descansa y hoy apareció una nueva carta a La Segunda (que ya debe estar hastiada del tema). En ella, junto con criticar a Eduardo Bitrán, aprovecha para volver al tema de las licitaciones. Señala que:

Eso es lo que se ha hecho en minería, sector que contrario a lo que señala el profesor Fisher [sic], si es muy similar a la pesca, porque los pórfidos más ricos en cobre –sin ir más lejos el pórfido más grande que se conozca a nivel mundial– si están con acceso virtualmente cerrados a terceros, por la sencilla razón de que, como en el sector pesca, otros empresarios y empresas tuvieron a bien invertir y correr los riesgos correspondientes, antes que otros actores.

En una reunión (antes que viera su nueva carta), Jorge Quiroz me contó que la había escrito de madrugada. Supongo que eso explica la calidad del argumento. Las cartas hay que releerlas antes de enviarlas.

Tabaco y libertades individuales

R. Fischer

El gobierno ha enviado una ley, con suma urgencia, para hacerle la vida más difícil a fumadores y restaurantes. La propuesta de ley prohíbe fumar en casi todos los recintos privados y algunos abiertos, como estadios. También se prohíbe la venta de chicles y pastillas con nicotina. Asimismo, exige que los expendios de tabaco se ubiquen a más de 200 metros de los colegios.

No soy fumador desde hace muchos años (e incluso entonces, en forma limitada), pero me parece que la propuesta va mucho más allá de lo que es aceptable en una sociedad libre. En una sociedad libre las personas son capaces de decidir por sí mismas los riesgos que toman, y que no hay un hermano mayor –a lo Orwell– que les indique lo que deben hacer. Esta propuesta tiene todas las características del hermano mayor,y es típica de un Ministro de Salud que parece creer que el tiene el derecho de decidir como deben comportarse las personas.

Se entiende la prohibición del expendo de tabaco en la cercanía de los colegios. En nuestra sociedad, los menores de dieciocho años no son ciudadanos con todas sus atribuciones, ya que no pueden votar, por ejemplo. Es decir, la sociedad supone que no han llegado al nivel de juicio que les autorice a tomar todas las decisiones de personas libres en forma autónoma, En tal caso, la sociedad puede decidir por ellos que es apropiado.

Se entiende la prohibición de fumar en restaurantes que no separan sitios para fumadores, pues en tal caso se verían expuestos al humo quiénes no fuman. Es natural tratar de evitar esta externalidad exigiendo separación, o alternativamente, designando el restaurante como uno que es solo para fumadores, o no fumadores. Hasta aquí llega, razonablemente la ley existente.

Otra cosa es prohibir fumar en lugares cerrados, aunque todos los que asistan lo hagan voluntariamente. Esto es inaceptable en una sociedad de individuos libres, por muy bueno que eso sea para la salud. Incluso menos aceptable es que se prohíba la venta de productos con nicotina. La nicotina puede ser adictiva, pero no he oído de casos en los que comer chicles con nicotina haya causado cáncer al pulmón. Se trata, por lo tanto, de una intromisión aún más inaceptable en las libertades de las personas, ya que se prohíbe el uso por los efectos que podría «inducir».

El único punto favorable de la medida es que es tan extrema que los individuos no la van a respetar. Se trata, de un nuevo caso de nuestra antigua manía de hacer leyes cada vez más estrictas cuando no se respetan las anteriores, siendo que lo que se requiere es fiscalizar mejor su cumplimiento. También es sorprendente que los gobiernos de la Concertación, cuando impusieron las leyes antifumadores, fueron mucho más cuidadosos con las libertades individuales que el gobierno actual.

Esclavos en Chile

R. Fischer

Los informes de las organizaciones contra la esclavitud hablan sobre la existencia de pequeños enclaves de esclavitud en algunos países africanos. También se menciona el tratamiento de semi-esclavitud que reciben los trabajadores hindúes y filipinos en algunos países árabes donde son contratados para tareas domésticas. Lo que no esperaba es que hubieran esclavos en Chile.

¿Cómo se podría interpretar de otra manera lo que vivían los trabajadores paraguayos en los campos del Sr. Errázuriz? En efecto, los contrataban en el extranjero con promesas de habitación y sueldo, y luego debían trabajar ilegalmente y sin sueldo. Extranjería niega que, como lo intenta explicar el Sr. Errázuriz, se trate de un programa de entrenamiento aprobado por ellos (la explicación del Sr. Errázuriz para no pagar a sus trabajadores paraguayos).

Debido a que no recibían sueldo, no podían abandonar el fundo. Más aún, algunos paraguayos salieron bajo protección de la polícía de investigaciones y están bajo protección. Se ha reportado que las familias de los trabajadores han sido amedrentadas en Paraguay. Más aún, un delegado del gobierno, encargado de proteger a los paraguayos en el extranjero viajó a Chile para investigar el caso.

Es por este motivo que la Fiscalía de Rancagua habría comenzado una investigación por trata de esclavos. Por su parte, la Dirección del Trabajo ha pasado multas por $14 millones, porque no se cumplen ninguna de las condiciones requeridas para los trabajadores: contratos de trabajo en Notaría, colillas de pago de sueldos, etc. Sin considerar que estaban trabajando ilegalmente, pues tenían visa de turistas. Pero las multas no parecen ser un disuasivo suficiente en el caso del Sr. Errázuriz. Sería interesante saber si el tratamiento a los paraguayos se extiende a trabajadores nacionales en sus campos.

En resumen, se trata de un episodio vergonzoso para el país y para el empresariado, como lo indicó la Ministra del Trabajo, que con ello se ganó descalificaciones del Sr. Errázuriz. En todo caso, la credibilidad de las afirmaciones del Sr. Errázuriz es baja, no solo por este episodio, sino por un gran número de acusaciones de acciones equívocas en el pasado. Espero que las organizaciones de derechos humanos persigan este caso con la constancia que las ha caracterizado en el pasado, para que este tipo de situaciones nunca se repita.

El problema de la pesca, de nuevo

R. Fischer

No habría querido seguir con esta historia, pero Jorge Quiroz escribió una carta La Segunda, en la cual rebate mis argumentos en favor de licitar las cuotas individuales de pesca. Quiiroz El asesor de Sonapesca critica mis argumento en un punto importante, sobre el que también he reflexionado. ¿por qué licitar las cuotas individuales de pesca, si en otros sectores como la minería, esto no se hace? Quiroz señala, correctamente, que hay una inconsistencia en mi argumentación a menos que explique de dónde proviene la diferencia en el tratamiento de la pesca y la minería. Es lo que intentaré hacer, pero para ello es necesario un poco de historia.

A principios de los 90, debido al exceso de esfuerzo pequero, fue necesario restringir la captura, o de otra forma se acababa el recurso. Se introdujeron las cuotas globales de pesca para las especies en plena explotación. Esto era razonable, pero las empresas consiguieron algo más. Obtuvieron que la autoridad limitara la entrada al sector, dado que existían limitaciones a la captura.

Desde el punto de vista biológico, solo se requiere limitar la captura global. Limitar la entrada es innecesario, pero los mismos empresarios que habían depredado la pesquería consiguieron que el Estado prohibiera que otros pudieran ingresar. Con ello conseguían evitar que sus rentas desaparecieran al acabarse la pesquería o por la libre entrada de empresas a capturar un recurso limitado. De esta limitación artificial e innecesaria de la entrada nacen los supuestos derechos de los actuales armadores.Su legitimidad es dudosa, ya que nacen por una decisión legislativa que expropió a los potenciales entrantes a la pesquería.

Al poco tiempo los armadores autorizados comenzaron a invertir en forma acelerada, porque competían por la misma torta (la cuota global de captura). Mientras más capturara una empresa, menos pescarían las demás, ya que la cuota global era una sola. Si una empresa conseguía pescar toda la cuota, las demás no podrían pescar ese año. Las empresas se vieron obligadas a entrar en una carrera para evitar quedar sin participación en la cuota global. Las empresas invertían en naves rápidas y de alta capacidad de bodega, para así no tener que volver a puerto en la llamada «carrera olímpica» para pescar la mayor cantidad posible, en el menor tiempo posible.

El exceso de inversiones tiene dos resultados posibles. En el primero, una firma se queda con el monopolio de la pesquería, y se acaba la carrera por los recursos. La otra solución es que sobrevivan un grupo pequeño de empresas que compiten intensamente hasta que desaparecen las rentas económicas. Esta competencia es ineficiente, porque la disipación de rentas se debe a un exceso de inversión que se utiliza pocos meses al año, hasta cubrir la cuota global de captura, y luego las naves permanecen sin uso y los trabajadores quedan cesantes. Es mucho más eficiente usar menos capital durante todo el año, y contratar menos trabajadores, pero en forma continua (los que además se pueden entrenar mejor).

Para resolver este problema, la Ley General de Pesca estableció en 1991 las cuotas individuales de captura. Un empresa con una cuota individual no necesita preocuparse de la competencia de otras pesqueras, pues tiene derecho a cierto porcentaje de la cuota global. Eso le permite reducir sus inversiones y emplear menos trabajadores en forma continua, pudiendo capturar su cuota a lo largo del año. Al no estar apurados, se puede volver a puerto más a menudo, por lo que los pescados están en mejor estado y son más valiosos.

En resumen, al eliminar la competencia por capturas, reaparecen las rentas económicas, por lo que las cuotas individuales son valiosas. La Ley General de Pesca obliga a licitar la mitad de la cuota global de captura, en incrementos anuales de 5%. A esto se oponen las empresas, las que desean preservar sus rentas, y con mucho lobby consiguieron que la Ley 19.713 retrasara en 10 años la aplicación de las licitaciones. Estos 10 años se cumplen en 2012, y ante los anuncios de que se realizarán las licitaciones establecidas en la Ley General de Pesca, aparecen cartas como las del asesor de Sonapesca, Jorge Quiroz, así como artículos de abogados u economistas contratados por la misma asociación gremial, que niegan la validez o el sentido de las licitaciones.

Volviendo a nuestro tema inicial, se advierte inmediatamente la diferencia entre la minería y la pesquería. No existe en Chile una regla que limite la entrada a la minería, salvo aquellas dadas por las normativas ambientales y otras similares. Las rentas económicas de la minería no provienen de la restricción de entrada (además, es posible que el sector minero en el largo plazo sea competitivo, si se incorpora la etapa de exploración).

En un caso –la pesca– la única razón por la que existen rentas es porque se prohíibe la entrada de interesados al sector, y más aún, se limita la competencia entre los participantes. En la otra –la minería–, las rentas aparecen por la mayor o menor ley de los proyectos, lo que es producto de un proceso competitivo de exploración minera.

En consecuencia, mantengo mi posición: el Estado, como representante de la Nación, tiene derecho a una parte de las rentas, cuando éstas originan únicamente en que el Estado i) restringe la entrada a un sector y ii) restringe la competencia entre las empresas del sector. Independientemente de que en el caso de la pesca estas acciones aumenten la eficiencia y creen valor, la pregunta es ¿no pertenecen a la Nación las rentas creadas por el Estado?

Derechos de propiedad en pesca

R. Fischer

Los que no son abogados tienen dificultades para argumentar sobre derechos de propiedad y su existencia. Sin embargo, el origen de los derechos de propiedad responden a principios lógicos y económicos que permiten a quienes no han estudiado el derecho opinar, aunque probablemente de una manera que un abogado consideraría de aficionado y deficiente.

El problema es, por supuesto, el de los derechos de pesca. Hace poco salió un artículo en La Segunda (reproducido aparentemente verbatim en Libertad y Desarrollo) en la que un abogado defiende la existencia de derechos de pesca pertenecientes a las actuales empresas del sector (habría sido útil saber si el autor tiene alguna relación con la industria pesquera). Por lo que entiendo, esta parte del artículo responde a uno que publiqué hace una semana. El autor señala que:

«Muy distinta es la situación de aquellos bienes que no son objeto del derecho de propiedad, que son básicamente dos: aquellos que la naturaleza ha hecho común a todos los hombres (como el aire, el altamar, etc.) y los denominados Bienes Públicos –como plazas, calles, y otros- que no están sometidos al derecho de propiedad. Estos “pertenecen” a la Nación –concepto sociológico – y no al Estado que tiene personalidad jurídica definida. El Estado solo los administra, pero no es “dueño” de ellos.

Algo similar sucede con los peces en el mar. Estos, es su estado de libertad “no pertenecen a nadie” o, en estricto rigor, no son objeto de derecho de propiedad, hasta el momento de la pesca (ocupación). Antes de eso, ni “todos los chilenos” ni “El Estado” son dueños de algo. Otra cosa muy distinta es que el Estado deba otorgar protección a las riquezas contenidas en el mar, pero esto lo hace por soberanía, no por tener un “derecho de propiedad”.

Así, la ley de Pesca establece que el Estado debe regular esa actividad, como alguien que administra, no como propietario. Por esa razón, éste otorga una autorización, para que en definitiva alguien pueda adquirir los peces por ocupación. Señala la ley que estas autorizaciones habilitan a la nave para pescar por tiempo indefinido en el área autorizada, debiendo otorgarse a quien las solicite y sólo pueden denegarse por ciertas causales de caducidad señaladas en la ley. Asimismo, la ley señala que estas son intransferibles, salvo que bajo régimen de plena explotación (cómo en la gran mayoría de los casos) pasen a ser transferibles, pero donde la transferencia del derecho debe ser junto con la nave.»

El autor del artículo tiene razón al señalar que los derechos de pesca no son del Estado, como yo había escrito, sino que pertenecen a la Nación. El Estado no es el dueño, sino el administrador de los derechos que pertenecen a la Nación, de acuerdo a la Ley. Pero esto no es lo mismo deducir de ahí que, debido a que el Estado no es dueño de los derechos, sus propietarios son los actuales extractores del recurso.

Ya es extraño que la Ley premie a quienes depredaron el recurso en el pasado (por lo que fue necesario definir cuotas globales de captura para que no se extinga la especie o su masa sea ineficientemente pequeña) otorgándoles derechos, que excluyen a los demás interesados en la pesquería, cuando esta se encuentra en plena explotación.Pero la Ley de pesca va más allá y confirma que los actuales armadores no son los propietarios de las cuotas de pesca. En su artículo 28, la Ley General de Pesca y Acuicultura (en el refundido del Decreto 431) señala que por Decreto Supremo se:

[…] podrá autorizar a la Subsecretaría para que adjudique anualmente, mediante pública subasta, el derecho a capturar cada año el equivalente en toneladas al cinco por ciento de la cuota global anual de captura.[…]

La Subsecretaría adjudicará la fracción subastada por un plazo fijo de diez años, al cabo de los cuales dicha fracción pasará nuevamente a formar parte de la cuota global.»

Es decir, el Estado puede asignar por subasta hasta el cincuenta por ciento de los derechos de captura. Esto significa que los actuales armadores tienen, cuando mucho, la propiedad efectiva del 50% de la cuota global. Este 50% se les otorgó en recompensa a sus presiones a los legisladores cuando se introdujo la Ley, pero demuestra es que no son ellos los propietarios de los derechos de captura bajo la cuota global, dado que el Estado, usando sus atribuciones como representante de la Nación, puede disponer de ellos.

Es cierto que frente a la argumento de que los armadores tendrían invertidos capital en la industria, posteriormente se aprobó la Ley 19713, que retrasa la entrada en vigencia del artículo 28 hasta 2012. Debido a que nos acercamos a esa fecha, los armadores han armado una fuerte campaña de lobby, contratando a distinguidos abogados y economistas para que argumenten sus supuestos derechos (abogados) o el escaso valor que tienen las cuotas de pesca (economistas).

Debido a que el capital invertido y que debían recuperar se ha depreciado con los diez años de asignación gratuita de derechos, no pueden reusar el argumento de la inversiones para oponerse a la licitación de las cuotas de pesca. Durante estos diez años, las cuotas individuales de pesca han hecho mucho más rentable el negocio pesquero, ya que no hay «carrera olímpica» que disipa rentas. Si los armadores han realizado inversiones en este período, lo hicieron en conocimiento de que la Ley les daba un horizonte de solo diez años hasta que comenzaran las licitaciones.

Como son recursos de la Nación, entregarlos en forma gratuita sería una expropiación a los demás ciudadanos. Pero, si como lo señalan los distinguidos economistas contratados por los armadores, el valor de licitación de las cuotas es tan bajo, no habría pérdida económica para los armadores si no obtienen las cuotas. Siempre podrían comprárselas barato a los ganadores de las subastas si éstos no supieran darles buen uso.

Estas transacciones ya ocurren (eso explica que haya un solo armador importante en el Norte), aunque ciertamente podrían verse facilitado por el legislador. Otra cosa es considerar, como lo hace el distinguido abogado, que esa es la tarea vital en la actualidad. Con ello olvida el problema esencial: a 2012 se debe licitar el 5% de las cuotas global, y esto requiere un Reglamento, como lo señala la Ley General de Pesca.